Artículo 12Derecho de réplica y protección del honor
Texto oficial
La comprende también el derecho de las publicaciones a obtener los elementos necesarios a tal fin y la facultad que tiene toda persona a la réplica o rectificación ante una referencia o información susceptible de afectar su reputación personal, familiar o social, la que deberá publicarse gratuitamente, en igual forma y con el mismo medio utilizado. Una asegurará la protección debida a toda persona o entidad contra los ataques a su honra, reputación, y familiar, cuando ésta sea lesionada por cualquiera de los medios de difusión de las ideas del pensamiento, determinado en el artículo 10.
Qué significa en la práctica
Toda persona tiene derecho a responder o rectificar gratuitamente ante cualquier medio que haya publicado información que afecte su reputación. Una protege el honor y la frente a ataques difundidos por medios de comunicación.
Ejemplo práctico
Si un diario publica información falsa sobre una persona, esta puede exigir que se publique su rectificación en el mismo medio y espacio.