Artículo 122Iniciativa legislativa — origen de los proyectos de ley
Texto oficial
Las leyes tendrán origen en proyectos presentados por uno o más diputados, por el Poder Ejecutivo o por el Superior Tribunal de Justicia, conforme con lo que establece el capítulo Poder Judicial sobre co-legislación de dicho poder.
Qué significa en la práctica
Los proyectos de ley pueden ser presentados por diputados, por el Poder Ejecutivo o por iniciativa popular. Ciertas materias (presupuesto, impuestos) son de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.