Ley 0

Artículo 122Iniciativa legislativa — origen de los proyectos de ley

Texto oficial

Las leyes tendrán origen en proyectos presentados por uno o más diputados, por el Poder Ejecutivo o por el Superior Tribunal de Justicia, conforme con lo que establece el capítulo Poder Judicial sobre co-legislación de dicho poder.

Qué significa en la práctica

Los proyectos de ley pueden ser presentados por diputados, por el Poder Ejecutivo o por iniciativa popular. Ciertas materias (presupuesto, impuestos) son de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
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