Artículo 127Reforma constitucional — declaración de necesidad
Texto oficial
Esta Constitución no podrá reformarse parcial ni totalmente, sino en virtud de sancionada con acuerdo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Legislatura, y con especificación de los artículos que hayan de reformarse. En este caso, la reforma no podrá producirse sino respecto de los artículos expresamente designados en dicha ley. La ley que declara la necesidad de la reforma constitucional, así como la que enmienda algún artículo del presente texto constitucional, en todos los casos debe contar con despacho de comisión, sin que pueda ser objeto de tratamiento de sobre-tablas.
Qué significa en la práctica
La Constitución solo puede reformarse mediante una sancionada con mayoría calificada que declare la necesidad de reforma. Sin esa declaración, ninguna convención puede modificarla.