Ley 0

Artículo 149Atribuciones del Fiscal de Estado — defensa del fisco

Texto oficial

Corresponde al Fiscal de Estado la defensa del patrimonio del fisco provincial y será parte necesaria y legítima en los juicios contencioso-administrativos y en todos aquellos en que se controviertan intereses de la Provincia. CAPITULO SEGUNDO.- Tribunal De Cuentas

Qué significa en la práctica

El Fiscal de Estado defiende el patrimonio del fisco provincial y es parte necesaria en los juicios contencioso-administrativos y en todo juicio en que la Provincia sea parte.

Ejemplo práctico

Cuando el Estado provincial es demandado por un particular, el Fiscal de Estado actúa como representante legal del fisco en el juicio.

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