Artículo 156Juicio político — funcionarios sujetos a este procedimiento
Texto oficial
Están sujetos a el Gobernador, el Vicegobernador y sus ministros; los ministros y el Procurador General del Superior Tribunal de Justicia; el Fiscal de Estado; el Presidente y Vocales del Tribunal de Cuentas; el Fiscal de Investigaciones Administrativas y el , por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones o por presunto doloso, incapacidad física o mental sobrevinientes después de haber declarado la Cámara por dos tercios de votos de los presentes, y con citación y audiencia del interesado, si la pidiera, haber lugar a la formación de causa. Pueden ser denunciadas ante la Cámara de Representantes las personas sujetas a este juicio por algunos de sus miembros o cualquier habitante de la Provincia.
Qué significa en la práctica
Están sujetos a el Gobernador, el Vicegobernador, los Ministros, los magistrados del Tribunal Superior, el Fiscal de Estado y el Contador Mayor, por mal desempeño, o conducta indigna.