Artículo 162Mayoría calificada para sentencia condenatoria en juicio político
Texto oficial
Para dictar condenatoria se requiere mayoría de dos tercios de votos de la totalidad de los miembros de la Legislatura. La ley reglamentará estas bases.
Qué significa en la práctica
Para destituir en un se necesitan dos tercios de votos del total de los miembros de la Legislatura. Una ley reglamenta el procedimiento.