Ley 0

Artículo 24Registro civil a cargo de autoridades civiles

Texto oficial

El registro del estado civil de las personas será uniformemente llevado en toda la Provincia por las autoridades civiles, sin distinción de nacionalidad ni creencias religiosas, y en la forma que lo establezca la ley.

Qué significa en la práctica

El registro civil (nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.) está a cargo de autoridades civiles del Estado en toda la Provincia, sin importar la nacionalidad o religión de las personas.
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