Ley 0

Artículo 42Infraestructura para el desarrollo económico

Texto oficial

La Provincia promoverá e intensificará la construcción, consolidación y expansión de las redes ferrocamineras, fluviales, eléctricas, de comunicaciones, de gasoductos, de sistemas de agua, parques industriales y toda infraestructura económica básica tendientes a afianzar su economía productiva, favoreciendo el desarrollo armónico de su interior y la integración provincial, regional, nacional e internacional.

Qué significa en la práctica

La Provincia debe desarrollar infraestructura de transporte, energía, comunicaciones, agua y parques industriales para fortalecer su economía y promover la integración con otras regiones del país y el exterior.
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