Ley 0

Artículo 72Derechos de las personas con capacidades diferentes

Texto oficial

Las personas con capacidades diferentes tienen derecho: 1) A la protección integral del Estado, ya sea en forma directa o por intermedio de los institutos y fundaciones creadas o por crearse para ese fin. 2) A la atención en establecimientos especiales de tratamiento preventivo, teniendo el Estado el contralor de los objetivos trazados. 3) A la promoción de políticas que desarrollen la conciencia social y la respecto de ellos.

Qué significa en la práctica

Las personas con discapacidad tienen derecho a protección integral del Estado, atención en establecimientos especiales y políticas que promuevan la y conciencia social hacia ellas.
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