Artículo 76Seguridad social universal y solidaridad
Texto oficial
La Provincia establecerá un régimen de seguridad social que comprenderá a toda la población, durante el transcurso de la existencia humana, contemplando las contingencias económico-sociales de la desocupación, nacimiento, enfermedad, desamparo, invalidez, vejez y muerte. Fomentará las instituciones de social.
Qué significa en la práctica
La Provincia debe establecer un sistema de seguridad social universal que cubra desempleo, enfermedad, invalidez, vejez y muerte para toda la población. También fomenta las instituciones de social.