1. Los diputados durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones desde el día en que correspondiere su incorporación, sin que por motivo alguno pueda prorrogarse el . 2. La Legislatura se renovará por mitad cada dos años pudiendo sus miembros ser reelegidos por única vez, por lo que para ser nuevamente electo deberá transcurrir un intervalo de un . 3. En caso de reemplazo, el diputado que se incorpore completara? el del titular.