Ley 0

Artículo 13Supresión De Tratamientos Honoríficos

Texto oficial

No tendrán tratamiento honorífico los magistrados y funcionarios públicos, electivos o no, de cualesquiera de los poderes del Estado, como tampoco los cuerpos a los que pertenecieren.
← Ver en Constitución de la Provincia de Jujuy completaConstituciones