Ley 0

Artículo 16Reglamentación De Las Normas Constitucionales

Texto oficial

1. Todos los habitantes de la Provincia gozan, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, de los derechos y garantías declarados por la Constitución Nacional, por los Tratados Internacionales ratificados por el Gobierno Federal y por esta Constitución. 2. Estos derechos y garantías, así como los principios en los que ellos se informan, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.
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