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Constitución de la Provincia de Jujuy
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Art. 184
Ley 0
Artículo 184
Atribuciones Generales
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Texto oficial
Corresponde al Poder Judicial el conocimiento y decisión de las causas que versen sobre puntos regidos por esta Constitución y leyes de la Nación y de la Provincia, siempre que las personas o cosas se hallen sometidas a la
jurisdicción
provincial.
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