1. El Ministerio Público de la Acusación es el órgano encargado de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público en las causas y asuntos que establezca la ley. Fija la política de persecución penal y ejerce la acción penal pública, con arreglo a los principios de objetividad, especialidad, oportunidad y unidad de actuación. En el resto de las materias interviene conforme lo disponga la ley. 2. El Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos, en especial de quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad. Tiene por misión garantizar el y la asistencia jurídica integral, en casos individuales y colectivos, conforme lo disponga la ley.