Ley 0

Artículo 219Contabilidad Y Rendición De Cuentas

Texto oficial

1. Los municipios deberán observar un régimen uniforme de contabilidad que represente fielmente el estado de ejecución del pr esupuesto y su situación patrimonial, conforme a la ley de la materia. 2. Todos los funcionarios y empleados que administren fondos de los municipios tienen la de rendir cuentas. SECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA ORGANISMOS DE CONTRALOR CAPÍTULO PRIMERO FISCAL DE ESTADO
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