Artículo 4Capital, Límites Territoriales Y División Política
Texto oficial
1. La capital de la Provincia es la ciudad de San Salvador de Jujuy, donde funcionarán con carácter permanente el Poder Ejecutivo, la Legislatura y la Suprema Corte de Justicia, salvo los casos en que por causas extraordinarias la ley transitoriamente dispusiere otra cosa. 2. Los límites territoriales de la Provincia son los que históricamente y por derecho le corresponden. 3. El territorio de la Provincia queda dividido en los actuales departamentos, sin perjuicio de crearse otros o modificarse la de los existentes mediante ley que necesitará para su aprobación el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros de la Legislatura.