Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Buscar
Inicio
/
Constituciones
/
Constitución de la Provincia de Jujuy
/
Art. 66
Ley 0
Artículo 66
Juicio Por Jurados
Descargar artículo (PDF)
Texto oficial
Toda persona será juzgada por tribunales integrados por jurados, en las condiciones y supuestos que establezca la ley.
← Ver en Constitución de la Provincia de Jujuy completa
Constituciones →