1. El Estado organiza, dirige y administra la salud pública. 2. El Estado tiene a su cargo la promoción, protección, reparación y rehabilitación de la salud de sus habitantes. 3. Las actividades vinculadas con los fines enunciados cumplen una función social y están sometidas a la reglamentación que se dicte para asegurar su cumplimiento. 4. El Estado dará prioridad a la salud pública y a tal fin proveerá los recursos necesarios y suficientes.