1. La seguridad pública y ciudadana es un deber irrenunciable del Estado para preservar el orden público, las instituciones y la seguridad de las personas, como así también para proteger la integridad y el patrimonio de todos los habitantes de la Provincia, asegurando el pleno goce y ejercicio de sus derechos, garantías y libertades. 2. El Estado implementará políticas públicas en materia de seguridad con base en los siguientes principios: 1) la prevención del y la violencia mediante un abordaje integral; 2) el fortalecimiento de la convivencia pacífica y democrática en un ámbito de respeto entre los habitantes de la provincia, en plena observancia a los derechos humanos; 3) el combate contra el comercio ilícito de estupefacientes en el marco de las competencias provinciales, promoviendo la articulación entre las distintas áreas del Estado; 4) la promoción de la participación ciudadana, comunitaria y de los gobiernos locales, en las condiciones establecidas en la ley; 5) el fortalecimiento de la seguridad vial para todos los habitantes de la Provincia.