El tesoro de los municipios estará formado por el producto de las tasas retributivas de servicios; los impuestos fiscales que se perciban en su ejido en la proporción que fije la ley; las multas que impongan; las operaciones de crédito que efectúen ; la enajenación y de sus bienes propios; las donaciones y subsidios que perciban y todo otro recurso propio de la naturaleza y municipal.-