Ley 0

Artículo 39

Texto oficial

Créase el Consejo Económico y Social como órgano de consulta y asesoramiento, a requerimiento de los Poderes Públicos, en el campo de lo social y económico. Estará integrado por representantes de la producción, el trabajo, la cultura, la ciencia y profesionales. La ley determinará su organización y funcionamiento.
← Ver en Constitución de la Provincia de La Pampa completaConstituciones
Art. 39 | Constitución de la Pr…