Ley 0

Artículo 44

Texto oficial

La equidad será la base del régimen tributario. Las contribuciones, proporcionales o progresivas, se inspirarán en propósitos de justicia social y propenderán a la desgravación de los artículos de primera necesidad, del patrimonio mínimo familiar, de las utilidades reivertidas en el proceso productivo y en la investigación científica, de las actividades culturales y las socialmente útiles. La Ley determinará las formas parcial o total , temporaria o permantente, de la exención impositiva, según los casos.
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