Todos los argentinos son admisibles a los empleos públicos de la Provincia, sin otras condiciones que su buena conducta y , en todos aquellos casos en que esta Constitución o la ley no exijan calidades especiales. La remoción del empleado deberá obedecer a causa justificada, y se dictará una que rija en materia de empleo, su duración, estabilidad, retribución y promoción o ascenso.