Texto oficial
El Consejo de la Magistratura es un órgano extrapoder integrado de la siguiente forma: 1. Un (1) miembro del Tribunal Superior de Justicia, quien lo presidirá. 2. Cuatro (4) representantes de la Legislatura que no sean diputados, designados a propuesta de los Bloques, según la proporcionalidad de la representación en dicho Cuerpo. 3. Dos (2) abogados de la matrícula elegidos entre sus pares por voto directo, secreto y obligatorio, mediante el sistema de representación proporcional. La ley establece el mecanismo de elección y lo necesario para su funcionamiento.