Artículo 235No Pueden Ser Miembros del Gobierno Municipal los Ciudadanos Afectados por las Inhabilidades del
Texto oficial
Los funcionarios municipales elegidos directamente por el Pueblo no pueden ser molestados, acusados ni interrogados judicialmente en causa penal por las opiniones o votos que emitan en el desempeño de su , sin perjuicio de las acciones que se inicien concluido éste o producido el desafuero, según el procedimiento previsto en la ley.