Una ley establecerá el régimen para los Partidos Políticos que actúen en la Provincia, y sus bases serán las siguientes: 1) para los Partidos Políticos de sancionar una plataforma electoral y una carta orgánica conforme al régimen legal, y que establezca: a) Publicidad del padrón de afiliados. b) Publicidad del origen y destino de sus fondos. 2) Garantía de los comicios internos para candidatos a cargos electivos, provinciales y municipales por el Tribunal Electoral Permanente, conforme a los procedimientos que determinen las respectivas cartas orgánicas.