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Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
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Art. 12
Ley 0
Artículo 12
Enseñanza de la Constitución
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Texto oficial
El estudio de la Constitución será materia obligatoria en todos los niveles de la educación oficial y privada de la Provincia, exaltando su espíritu y normativa.
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