Ley 0

Artículo 138Responsabilidades

Texto oficial

Los actos del Gobernador deben ser refrendados ylegalizados con la firma del ministro del ramo respectivo, sin cuyo requisito carecen de validez. Cada ministro es responsable solidariamente con el Gobernador de los actos que legalizare y también con sus pares de los que acuerde con ellos, sin que puedan pretender eximirse de responsabilidad por haber procedido en virtud de orden del Gobernador.
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