Ley 0

Artículo 155Integración

Texto oficial

El Superior Tribunal de Justicia estará integrado por tres miembros, número que podrá ser aumentado por ley aprobada por los dos tercios de los miembros de la Legislatura. Tendrá su correspondiente Fiscal y Defensor de Menores, Pobres, Incapaces y Ausentes. La presidencia del Superior Tribunal de Justicia se turnará anualmente y será determinada por votación de sus miembros.
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