Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Buscar
Inicio
/
Constituciones
/
Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
/
Art. 56
Ley 0
Artículo 56
Prohibiciones
Descargar artículo (PDF)
Texto oficial
Queda prohibido en la Provincia: 1 - La realización de ensayos o experiencias nucleares de cualquier índole con fines bélicos. 2 - La generación de energía a partir de fuentes nucleares.
← Ver en Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur completa
Constituciones →