Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Buscar
Inicio
/
Constituciones
/
Constitución de la Provincia de Tucumán
/
Art. 143
Ley 0
Artículo 143
Descargar artículo (PDF)
Texto oficial
La ley que regule las elecciones municipales, dará el derecho de voto a los extranjeros domiciliados en el municipio, que se inscriban en el padrón que se llevará a esos efectos. Sección VIII Capítulo Primero Educación y Cultura
← Ver en Constitución de la Provincia de Tucumán completa
Constituciones →