Ley 0

Artículo 4

Texto oficial

Prestarán juramento de desempeñar fielmente el cargo todos los funcionarios que esta Constitución determine y aquéllos para quienes las leyes lo establezcan. Los funcionarios y empleados públicos serán responsables directamente ante los tribunales de las faltas que cometieren en el ejercicio de sus funciones y de los daños que por ellas causaren. Cuando los culpables sean varios, la responsabilidad es solidaria.
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