Ley 14.394

Artículo 58Fórmula de sanción y promulgación

Texto oficial

Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 14 de diciembre de 1954. A. TEISAIRE – A.J.BENITEZ – Alberto H. Reales – Eduardo T. Oliver – Registrada bajo el N° 14.394 – Buenos Aires, 22 de diciembre de 1954 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese. PERON – Angel G. Borlenghi DECRETO N° 21.802 Antecedentes normativo:

Qué significa en la práctica

Fórmula de cierre: sanción de la ley en diciembre de 1954 y su promulgación.

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