Resumen ejecutivo
La Estatuto del Viajante de Comercio (1958) es el Estatuto del Viajante de Comercio. Define quién es viajante (cualquiera sea su denominación) y los indicios de la ; regula la liquidación de comisiones (directas e indirectas, con aceptación tácita de las notas de venta), los viáticos y gastos, el cambio o reducción de zona con garantía de , el libro especial del viajante (con inversión de la a favor del trabajador), el descanso por gira, y la por clientela equivalente al 25% de la . Es de orden público. La Ley de Modernización Laboral la deroga a partir del 1/1/2027.Objetivo
Dar al viajante de comercio un régimen laboral propio que reconozca su forma particular de trabajo (por comisión, por zona) y lo proteja frente al empleador.Problema que resuelve
El viajante tenía una relación atípica (cobra por comisión, trabaja en una zona, concierta negocios para uno o varios comerciantes) que la legislación común no contemplaba bien; el estatuto fija sus derechos específicos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes