Ley 16.463

Artículo 26Renovación de las autorizaciones anteriores a la ley

Texto oficial

Las autorizaciones a que se refiere el Artículo 7º, acordadas con anterioridad a la presente ley, deberán ser renovadas por el término de cinco años, debiendo los interesados solicitarlo dentro de los plazos y con las condiciones que establezca la reglamentación.

Qué significa en la práctica

Disposición transitoria: las autorizaciones del artículo 7° otorgadas antes de esta ley debían renovarse por el término de cinco años, y los interesados debían solicitarlo dentro de los plazos y con las condiciones que fijara la reglamentación. Sometió al nuevo régimen a todos los productos que ya estaban en el mercado en 1964, sin dejar derechos adquiridos indefinidos.
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