Ley 17.233

Artículo 5Vigencia de la tasa

Texto oficial

La Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte regirá desde la promulgación de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Establece que la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte rige desde la promulgación de la ley, sin esperar a la reglamentación ni al inicio del ejercicio siguiente.
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