Ley 17.285

Artículo 64Extinción de privilegios sobre la carga

Texto oficial

Los privilegios sobre la carga se extinguen si la acción no se ejercita dentro de los quince días siguientes a su descarga. El término comienza a correr desde el momento en que las operaciones está terminadas. Este privilegio no requiere inscripción.

Qué significa en la práctica

Los privilegios sobre la carga se extinguen si la acción no se ejerce dentro de los 15 días de la descarga.
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