Ley 17.418

Artículo 126Indemnización de mercaderías

Texto oficial

Cuando se trate de mercaderías salvo pacto en contrario, la se calcula sobre su precio en destino, al tiempo en que regularmente debieron llegar. El lucro esperado sólo se incluir  si media convenio expreso. Medio de transporte Cuando se trate de vehículos de transporte terrestre la se calcula sobre su valor al tiempo del siniestro. Esta norma no se aplica a los medios de transporte fluvial o por aguas interiores. Vicio propio, etcétera

Qué significa en la práctica

En las mercaderías la se calcula sobre su precio en destino, salvo pacto.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Seguros (contrato de seguro) completaLeyes