Ley 17.418

Artículo 141Préstamo sobre la póliza

Texto oficial

Cuando el asegurado se halla al día en el pago de las primas tiene derecho a un préstamo después de transcurridos tres años desde la celebración del ; su monto resultará de la póliza. Se calculará según la reserva correspondiente al , de acuerdo a los planes técnicos del asegurador aprobados por la autoridad de contralor. Préstamo automático Se puede pactar que el préstamo se acordará automáticamente para el pago de las primas no abonadas en término. Rehabilitación

Qué significa en la práctica

El asegurado al día en el pago tiene derecho a un préstamo sobre la póliza después del plazo previsto.

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