Ley 17.418

Artículo 27Obligado al pago de la prima

Texto oficial

El tomador es el obligado al pago de la prima. En el seguro por cuenta ajena, el asegurador tiene el derecho a exigir el pago de la prima al asegurado, si el tomador ha caído en insolvencia. Compensación El asegurador tiene derecho a compensar sus créditos contra el tomador en razón del , con la debida al asegurado o la prestación debida al beneficiario. Pago por tercero

Qué significa en la práctica

El tomador es el obligado al pago de la prima; en el seguro por cuenta ajena el asegurador tiene privilegio.

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