Ley 18.711

Artículo 2Gendarmería Nacional: naturaleza (DEROGADO por el Decreto 454/2025)

Texto oficial

La Gendarmería Nacional es una fuerza de seguridad militarizada, estructurada para actuar en las zonas fronterizas nacionales y demás lugares que se determinen al efecto.

Qué significa en la práctica

Definía a la Gendarmería Nacional como una fuerza de seguridad militarizada, estructurada para actuar en las zonas fronterizas y demás lugares que se determinen. Este artículo fue derogado por el Art. 4 — Ley 454/2025 (BO 08/07/2025), que reordenó el régimen de la Fuerza; su contenido pasó al nuevo Estatuto de Gendarmería.

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