Ley 19.511

Artículo 21Registro de tenedores

Texto oficial

Todos los tenedores y usuarios de instrumentos de medición sujetos a fiscalización periódica y vigilancia de uso deberán registrarse en las oficinas de contraste periódico de su , en la forma y tiempo que se reglamente.

Qué significa en la práctica

Los tenedores y usuarios de instrumentos sujetos a contraste deben registrarse en las oficinas de su .

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