Es obligatorio para los fabricantes, importadores o representantes someter a la aprobación de modelo y a la verificación primitiva todo instrumento de medición reglamentado por imperio de esta ley. Unicamente serán admitidos a la verificación primitiva los instrumentos de medición cuyo modelo haya sido aprobado.
Qué significa en la práctica
Es obligatorio someter todo instrumento reglamentado a la aprobación de modelo y a la verificación primitiva; sólo se verifican los de modelo aprobado.