Ley 19.945

Artículo 133 bisPublicidad de actos de gobierno

Texto oficial

Publicidad de actos de gobierno. Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez

Qué significa en la práctica

Sanciona con inhabilitación a los funcionarios que autoricen o consientan publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición del Art. 64 quáter.

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