Créase el Registro Catastral de Fuentes Contaminantes a cargo de la autoridad sanitaria nacional, la que a esos efectos solicitará la cooperación de las autoridades provinciales y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. CAPITULO II De las normas de calidad de aire y de los niveles máximos de emisión
Qué significa en la práctica
Crea el Registro Catastral de Fuentes Contaminantes a cargo de la autoridad sanitaria nacional.