Ley 20.337

Artículo 11Responsabilidad de fundadores

Texto oficial

Los fundadores y consejeros son ilimitada y solidariamente responsables por los actos practicados y los bienes recibidos hasta que la cooperativa se hallare regularmente constituida. Modificaciones estatutarias

Qué significa en la práctica

Los fundadores y consejeros responden ilimitada y solidariamente por los actos previos a la inscripción.

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