Ley 20.337

Artículo 26Formalidades de las acciones

Texto oficial

El estatuto debe establecer las formalidades de las acciones. son esenciales las siguientes: 1º. Denominación, domicilio, fecha y lugar de constitución. 2º. Mención de la autorización para funcionar y de las inscripciones previstas por esta ley. 3º. Número y valor nominal de las cuotas sociales que representan 4º. Número correlativo de orden y fecha de emisión. 5º. Firma autógrafa del presidente, un consejero y el síndico. El órgano local competente puede autorizar, en cada caso, el reemplazo de la firma autógrafa por impresión que garantice la autenticidad de las acciones. Capital proporcional

Qué significa en la práctica

El estatuto establece las formalidades de las cuotas sociales.

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