Texto oficial
El estatuto debe establecer las formalidades de las acciones. son esenciales las siguientes: 1º. Denominación, domicilio, fecha y lugar de constitución. 2º. Mención de la autorización para funcionar y de las inscripciones previstas por esta ley. 3º. Número y valor nominal de las cuotas sociales que representan 4º. Número correlativo de orden y fecha de emisión. 5º. Firma autógrafa del presidente, un consejero y el síndico. El órgano local competente puede autorizar, en cada caso, el reemplazo de la firma autógrafa por impresión que garantice la autenticidad de las acciones. Capital proporcional