Ley 20.464

Artículo 10Conformidad de la institución donde se va a trabajar

Texto oficial

Cuando la persona que se designe para ingresar no pertenezca a centros o institutos del CONICET, la designación no será válida hasta tanto la institución a la que pertenece o en la cual desarrollará sus trabajos no preste la conformidad para el ingreso. Al presentar dicha conformidad la institución deberá asumir los siguientes compromisos: a) Facilitar el adecuado desarrollo de la labor del agente y el cumplimiento de las obligaciones que él asume con respecto al CONICET; b) En el caso de pertenecer a la misma, abonarle la totalidad de los haberes y beneficios que le son debidos, según las normas vigentes en la institución, y de concederle los aumentos salariales y promociones lo que corresponda de acuerdo con su posición y , en un nivel no menor que el del resto del personal de la misma jerarquía. Cuando lo juzgue oportuno, el CONICET gestionará la concertación de convenios con instituciones que cuenten con personal investigador, profesional o técnico relativamente numeroso incorporado o a incorporar a este régimen, a fin de establecer las condiciones generales en que, de conformidad con lo previsto en este Estatuto, podrán hacerse esas incorporaciones y con el objeto de asegurar la colaboración de esas entidades y el otorgamiento de las facilidades a que se aluden en el apartado a).

Qué significa en la práctica

Cuando quien ingresa no pertenece a un centro o instituto del CONICET, la designación no es válida hasta que la institución donde trabajará preste conformidad. Al hacerlo, esa institución asume dos compromisos: facilitar el desarrollo de la labor y el cumplimiento de las obligaciones que la persona asume con el CONICET, y —si además pertenece a ella— pagarle la totalidad de sus haberes y beneficios y concederle los aumentos y promociones que correspondan, en un nivel no menor al del resto del personal de igual jerarquía. El CONICET puede firmar convenios con instituciones que tengan personal numeroso para fijar las condiciones generales de esas incorporaciones.
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