Ley 20.643

Artículo 19Depósitos de regímenes anteriores

Texto oficial

Los depósitos originados en la franquicia organizada por el Decreto-Ley 19.061/71 y sus modificaciones, podrán ser utilizados con arreglo a las disposiciones de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Los depósitos del régimen del Decreto-Ley 19.061/71 pueden usarse conforme a esta ley.

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